Los Colegios Profesionales, surgen con la finalidad de reagrupar el máximo posible de personas formadas en una especialidad académica determinada, con la finalidad de salvaguardar el cumplimiento de las normativas y principios sobre los cuales se hayan sido instruidos sea en la especialidad que fuere, para de esta manera conservar la integridad del ejercicio profesional a la vez que la moral del profesional.
El que contraiga una investidura que le acredite para el ejercicio profesional, deberá saber responder a las normas jurídicas y a los valores que se corresponden a las necesidades sociales¸ por lo tanto tendrá que asumir deberes inherentes a su profesión, sus colegas, las personas y la sociedad.
Siempre se ha entendido, que una persona con formación académica, universitaria o cual fuere su rango, ha de de ser ético, por lo que moralmente ha de ceñirse a las obligaciones adquiridas durante su formación académica, como por ejemplo a las buenas costumbres del oficio adquirido, siendo reforzando el mismo, a través de su trabajo de campo.
¿Qué sucede cuando éste principio es violado en cualquiera de los campos de trabajo?
Isabel Gómez
4 comentarios:
Hola amiga, tu sabes que hay un refrán que dice " del dicho al hecho hay un trecho" una cosa es la ética profesional y la otra la profesionalidad de algunas personas, que cada vez tienes menos escrúpulos, y eso pasa en todas las profesiones y todos los campos, en fin que estamos perdiendo algo que se llama valores personales.
Feliz fin de semana
Lo cierto que la profesionalidad ha de estar coherentemente vinculada con la ética y por el contrario, disociada.
Un abrazo. Gracias
muchos profesionales parecen regirse por el principio de que "las reglas fueron hechas para romperse", y me toca vivirlo en el hospital don de realizo las paracticas de mi carrera, enfermeria.
como hacer para cambiarlo???
Mi querida Elina, somos antes después de personas individuales, ciudadanos,por lo que tenemos deberes y derechos, y callar es hacerse cómplice. Qué hacer, poner en conocimiento ante los colegios profesionales sobre lo que pasa.
En principio ha de ser anónimo o se ha de preservar el anonimato de la persona que tiene el valor de desvelar una realidad social, pero no se cumple con este principio. Solución, que una persona ajena a tí lo realice por tí. Hablamos que es sólo una puesta en conocimiento, no es una denúncia de carácter jurídico, por lo que lo puede hacer cualquier persona en tu nombre sin que te cite. El encabezado puede ser: Tengo entendido que...o me consta qué... en vez de que veo. Si se le pide se identifique, ella lo hará, si se le pide que indique fuentes, está en su derecho de reservárselas, ya que la obligación del Junta, es en primer lugar, investigar, observar y en última instáncia sancionar y la sanción ha de ir desde la suspención temporal del ejercio profesional hasta la la retirada como miembro del colegio, con lo cual el ejecicio pasa a ser clandestino y por ende ilegal y es penado constitucionalmente a nivel civil o penal dependiendo de las acciones ejercidas.
Isabel
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